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"PALIZADA ESTA DE FIESTA AL RECIBIR EL RECONOCIMIENTO DE PUEBLO MÁGICO...."

viernes, 7 de diciembre de 2012

EXPENDEDORES DE ARTIFICIOS PIROTECNICOS DEBERAN CONTAR CON SU PERMISO O SE HARÍAN ACREDORES A SANCIONES.

  

Palizada Campeche a 7 de Diciembre. Con el firme propósito de salvaguardar la integridad física de los paliceños, así como de aquellos que nos visitan en estas fiestas decembrinas, el Gobierno Municipal a través de la Secretaría del Ayuntamiento dio a conocer a los expendedores de compra-venta de artificios pirotécnicos que por indicaciones del 11vo. Regimiento de Caballería Motorizado, destacamentados en Escárcega, Campeche deberán contar con un permiso extraordinario mismo que es expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional por una sola ocasión, informo Francisco Zavala Chan, Secretario del Ayuntamiento.  

Francisco Zavala dio a conocer que los artificios pirotécnicos autorizados por la Sedena son: cohete de varita, rehilete, silbato, volcán de luz, escupidor de colores, trompo, buscapié en miniatura, luz de bengala de varios tamaños, cohete blanco chico y mediano, lluvia de luz, misil, avión, abeja, cohete pequeño de colores, cometa, paloma u otros de características similares y que estén destinados para el consumo al público en general.

Con antelación dijo el funcionario público que se le envió a cada uno de los comercios establecidos una copia de la notificación que el reglamento establece para que en lo subsecuente lo pongan a la vista en su establecimiento y toda aquellas persona física y moral mayor de edad lo lea y de antemano sepa a qué atenerse en caso de hacer caso omiso a las recomendaciones que marca la ley.

Los requisitos para poder accesar al permiso son escrito libre dirigido a la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos (DGRFAFyCE), solicitud de permiso general conforme al modelo oficial, copia del acta de nacimiento, curp, credencia de elector con fotografía, comprobante de domicilio, constancia de antecedentes no penales.

Conformidad respecto a seguridad y ubicación del lugar de venta expedida por la presidencia municipal, indicando que el lugar elegido es adecuado para realizar esta actividad, copia del dictamen técnico emitido por la unidad de protección civil donde conste que se efectuó la visita ocular y que el lugar es adecuado para realizar esta actividad.


Asimismo croquis del lugar donde pretende realizar sus actividades de compra-venta en el concepto que no deberá estar cerca de casa habitación y cables de alta tensión, tener como máximo 25 kilogramos de artificios pirotécnicos en venta y en base al artículo 60 del reglamento podrá vender hasta diez kilos de explosivos una vez por mes a personas mayores de edad.

Indicó que la documentación deberá ingresar en el módulo de atención al público de la D, G. R. F. A. F. y C.E., con suficiente anticipación, una vez revisada se le enviara la visita de inspección y con el informe gráfico favorable se le expedirá el permiso extraordinario con vigencia a partir de la fecha de expedición hasta el 31 de diciembre del 2012, teniendo un costo de 994 pesos pago que se tiene que realizar mediante el sistema denominado “E5CINCO” en el módulo de atención al público.

Agregó Zavala Chan que aquellas personas que hagan caso omiso a lo que establece la ley federal de armas de fuego y explosivos, se harán acreedores a las sanciones pertinentes que marca el Artículo 85: Se impondrá de dos a diez años de prisión y de veinte a quinientos días de multas a los comerciantes en armas, municiones y explosivos que los adquieran sin comprobar la procedencia legal de los mismos. Artículo 86: Se impondrá de seis meses a seis años de prisión y de diez a trescientos días de multa, a quienes sin el permiso respectivo compren explosivos.

Artículo 87: Se impondrá de un mes a dos años de prisión y de dos a cien días multa a quienes manejen fábricas, plantas industriales, talleres, almacenes y demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por esta ley, sin ajustarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados. Además a los que enajenen explosivos, artificios y substancias químicas relacionadas con explosivos, a negociaciones o personas que no tengan el permiso correspondiente de la Sedena.

Es por ello, señaló el Secretario del Ayuntamiento que exhorta a todas aquellas personas que se dedican a comercializar este tipo de producto que obtengan su permiso, tal y como lo marca la ley, de lo contrario tendrá que atenerse a las consecuencias, no es una amenaza pero así lo estípula la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de explosivos.

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